miércoles, 17 de agosto de 2016

¿Por qué un Panel de análisis de la ley de Protección al Ejercicio Periodístico en el Estado de México?

Enrique I. Gómez.

El Panel es organizado por el Consejo Ciudadano de prevención y Eliminación de la discriminación de la Comisión de derechos Humanos del estado de México. Un consejo honorario.

Al interior de este Consejo existen entre otros los sectores de adultos mayores, indígenas, de mujeres, de diversidad sexual, discapacidad, y por la vulnerabilidad social que enfrentan quienes ejercen el periodismo, también se considera a los periodistas como grupo de este sector.

Una de las tareas principales de este Consejo es hacer visible la problemática de discriminación que enfrentan los sectores considerados vulnerables.

Pero ¿Qué es la discriminación?


La discriminación de acuerdo con la Ley para Prevenir y Eliminar la discriminación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2003, es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que tenga por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades.

Esto cuando se base en motivos como: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo. También pueden ser motivo de discriminación las opiniones que como ciudadanos podemos formular.

Y aquí entramos a la segunda parte del porque hacer este Panel. La propia ley que he citado, enuncia que nadie puede ser excluido por las opiniones que emita, estamos hablando pues de la libertad de expresión, consagrada en el artículo 19 de la declaración Universal de los Derechos Humanos, emitida por la Organización General de las Naciones Unidas en su resolución 217 A del 10 de noviembre de 1948.

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir información y opiniones, de difundirlas sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión.
Es decir, la libertad de expresión va concatenada al derecho de acceso a la información pública que es un derecho humano. 

Panel de análisis sobre la Ley de Protección al Ejercicio Periodístico del Estado de México.

Unión Cívica Jiquipilco,  comparte su asistencia al Panel de análisis sobre la Ley de Protección al Ejercicio Periodístico del Estado de México, realizado el miércoles 10 de agosto de 2016 en la Biblioteca del Poder Legislativo del Estado de México.

La labor de los comunicadores es necesaria y relevante para la sociedad. Necesario es conocer cómo trabajan los periodistas y si existen condiciones adecuadas para desarrollar la labor. Responder a la pregunta de ¿Por qué se requiere una ley que tutele su ejercicio profesional?

Estos y otros tópicos surgieron en el Panel de análisis sobre el ejercicio periodístico en el Estado de México, realizado por el Consejo de Prevención y Eliminación de la discriminación de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.

El moderador Enrique I. Gómez, codirector de Métrica digital y miembro del Consejo de Prevención y Eliminación de la Discriminación expuso como los periodistas son considerados un grupo vulnerable de la sociedad. En una exposición concreta preciso los antecedentes de la ley de Protección a los periodistas que remite a la libertad de expresión consagrada en el artículo 19 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU desde 1948. La necesidad de abrir el debate sobre esta ley que debería garantizar el libre ejercicio de la libertad de expresión, el secreto profesional, la cláusula de conciencia, el acceso a fuentes públicas, los derechos de firma y de autor, y el de seguridad, entre otros.

Dio la bienvenida e inauguro el evento el Presidente del Consejo de Prevención y Eliminación de la Discriminación, Luis Roberto Ortiz Vega.